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ANÁLISIS GRÁFICOS

Análisis gráficos

El Tratado de Lisboa implementa una visión integradora de la seguridad y la defensa en Europa

El papel internacional de la UE no es fácil de entender. Mientras a nivel comercial, la Unión es un actor reconocido mundialmente, en lo puramente político, no acaba de definir su identidad. La ausencia de coherencia en su Acción Exterior, que la  Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) saca a la luz cuando entra en vigor en 1993 y que ratifica la Política Europea de Seguridad y Defensa (PESD) desde su nacimiento en 1999, está ligada a la calidad del proceso de integración en Europa. Sólo una reforma estructural ha permitido abordar la cuestión de fondo porque, aunque el Tratado de Lisboa refuerza la lógica de los textos internacionales anteriores, manifiesta la existencia de una Política Exterior Común (PEC) como un todo unitario al desparecer la Comunidad Europea (CE) y atribuirle su personalidad jurídica la UE; al limitar la dispersión, de sobra conocida, regulando conjuntamente todo lo relacionado con la PEC en títulos únicos, y al desarrollar un mismo marco conceptual a través del Alto Representante (AR), coordinador de la Acción Exterior de la Unión en la Comisión Europea como uno de sus vicepresidentes, y mandatario del Consejo, institución que dirige y ejecuta la PESC.

En ese contexto, la inclusión, en el Tratado de Lisboa, de una cláusula de solidaridad  y otra de asistencia mutua indican la posibilidad de diseñar intereses comunes al demostrarse que una PEC no se sostiene únicamente en valores, por muy interesantes que estos sean. Mientras la primera, que prevé, en el marco de la Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD-antigua PESD), la posibilidad de utilizar los medios militares de los Estados Miembros (EEMM) en el interior de las fronteras de la UE ante un ataque terrorista o una catástrofe de origen humano o natural, aproxima a la Unión a amenazas no estatales y la enfrenta al reto de racionalizar los instrumentos de los que dispone para responder, la segunda resume la relación que existe entre la PESC y la PCSD, sugiere la posible extensión de ésta a áquella y especifica la solidaridad que los EEMM necesitan en el ámbito de su defensa y seguridad. Así, mientras, del lado de la solidaridad, los medios reservados a la PCSD podrían intervenir en caso de crisis que necesitan de instrumentos civiles para su resolución, siendo la PCSD susceptible de movilizarse para apoyar otras políticas como el Espacio de Libertad Seguridad y Justicia (ELSJ), en relación a la asistencia mutua, la PCSD no sólo se confirma como un subproducto de la PESC sino que, como es en este ámbito donde los EEMM ubican la asistencia mutua, parece tener la intención de desarrollar este embrión genuinamente europeo de alianza política-militar que se ha implantado en la UE. Es cierto que el Tratado de Lisboa no se manifiesta al respecto, pero refuerza la política de defensa de la UE al establecer entre los EEMM una defensa mutua. Es más, incluso si, para los EEMM, los compromisos  deben ser compatibles con los adquiridos en el seno de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), por primera vez se crea una solidaridad militar distinta al vínculo trasatlántico.

En fin, aunque cada una de las cláusulas está recogida en los dos tratados diferentes que resultan de la reforma de Lisboa–asistencia mutua en el Tratado de la Unión Europea (TUE) y solidaridad en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE))-, lo que pone  en solfa las diversas visiones que los EEMM tienen de cómo la solidaridad sigue distintos modelos de aplicación –uno para el tradicional ataque territorial (asistencia mutua), otro para otras amenazas como el terrorismo (la solidaridad en sí misma)-, las amenazas clásicas y nuevas quedan indisolublemente unidas en los albores del siglo XXI. Y por ello, los EEMM están intentando avanzar un pensamiento cada vez más estratégico, procurándole a la Unión una mayor eficacia y visibilidad en todo el mundo e insistiendo en que mientras ellos mismos consideran innegociables el respeto de la soberanía, de la independencia y de la integridad territorial de los países y la resolución pacífica de los conflictos, Europa debe dirigir la renovación del orden político, que califican de multilateral.